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04.10.2012 -
Para fomentar el consumo en los establecimientos comerciales locales, estabamos pensando en efectuar una gran rifa en la campaña de navidad con productos de elevado coste(televisión). Al beneficiario habría que practicarle una retención sobre el premio? que obviamente sería en efectivo, no? Gracias
- MARIA JOSE -
17.10.2012 -
Los interesados en llevar a cabo sorteos o rifas promocionales con carácter gratuito no necesitarán autorización de LAE, pero deberán comunicarlo previamente, según el Real Decreto 41/2010 .
Los premios se encuentran sujetos a retención o ingreso a cuenta (según lo dispuesto en los artículos 75.2 c) del Real Decreto 439/2007, de 30 de Marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas), cuyo importe asciende al 19% del valor de mercado del premio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101.7 de la Ley 35/2006, de 28 de Noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. A tal efecto, el valor de mercado para los premios en especie es igual al valor de adquisición incrementado en un 20% (según establece el artículo 105.1 del citado Reglamento).
El ingreso de dicha retención en la Agencia Tributaria será a cargo vuestra.
El ganador tendrá que declarar dicho premio en su declaración de renta correspondiente al ejercicio en que se reciba, como rendimientos procedentes de premios por la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias, consignando la retención practicada y el importe íntegro obtenido, sin descontar la citada retención. A tal efecto, debeis. emiti la oportuna certificación.
- Departamento Legal, COVACO -
14.04.2012 -
tengo una pequena empresa y la yeneralitad valenciana me debe una factura desde ace mas de dos anos cuando la cobrare porque a mi me cobran elos impuestos y no me lo descuentan dependo de esto
- luis martin -
17.10.2012 -
No podemos darle una fecha de cobro, únicamente indicarle que lamentablemente están todas las líneas de ayudas y subvenciones paralizadas
- Departamento Legal, COVACO -
12.03.2012 -
hola,me llamo enrique,quisiera informacion,mi idea es vender en una caravana zumos de frutas tropicales,sandwichc,refrescos en la zona de la playa en valencia, mi idea es comprar una caravana de inferior a 750 kg,y acondicionarla para trabajar ,me interesa asi porque ya tiene suficiente espacio faltaria cambiar algun electrodomestico,luego haria una ventana mas grande para despachar a la gente,aparte tiene literas cuarto de baño,¿tendria que pasar inspeccion?seguro que si,¿que requisitos hay que hacer y tener en cuenta?¿quisiera saber que autorizaciones necesito?.muchas gracias ,creo que esto es una gran forma de ayudar a la gente que quiera informarse y orientarse,un saludo
- enrique -
17.10.2012 -
Rescpecto a las ayudas, en la izquierda de la pantalla, tienes una pestaña "servicios" donde puedes encontrar "líneas de financiación". Respecto al inicio del negocio, te resumo los pasos que tienes que seguir para dar de alta un negocio, y los precios: ) Alta Censal y opción del régimen fiscal: se tramita en la Agencia Tributaria. Se debe completar el impreso 036 en el se opta por el régimen fiscal correspondiente e indicar la actividad que se va a realizar y los datos de la empresa. 2) Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E.) en el epígrafe correspondiente. Debe solicitarse antes de iniciarse la actividad empresarial. El alta no cuesta dinero. Hay dos impresos que necesitas para ello: el 845 para el alta, baja o modificación del IAE y el 036 para ser incluido en el censo si es la primera vez que te das de alta en el IAE (paso 1). Para que la seguridad social te permita darte de alta en el régimen de autónomos, debes llevarles el 845. Para entregar el 036 tienes un mes desde el alta efectiva en el IAE (que figura en el 845). Una vez dado de alta del IAE, el profesional dispondrá de un plazo de 30 días naturales desde el inicio de la actividad para presentar el alta como trabajador autónomo en la Administración de la Tesorería de la Seguridad Social. - Documentos a presentar: Modelo oficial 840 debidamente cumplimentado, DNI para el empresario individual, CIF para Sociedades o NIF para el apoderado. - Plazo: 10 días hábiles antes del inicio de la actividad. - Lugar: Administración o Delegación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria correspondiente al lugar en que se ejerza la actividad. * Muy importante: Si estás en el paro, cobrando la prestación, y pretendes iniciar negocio como autónomo, puedes capitalizar el pago o solicitar el pago único. De este modo, obtendrás como máximo el 40% de todo el dinero que te queda de paro de golpe, y el restante 60% se irá utilizando para pagar la cuota de autónomos hasta que se acabe. 3) En tercer lugar, es necesario acudir a la delegación de Hacienda que nos corresponda y realizar la declaración de inicio de actividad, que se presentará conjuntamente con la declaración censal de etiquetas y las opciones de tributación del IVA y del IRPF. Para ello, utilizaremos el impreso 036, régimen ordinario, ó 037, régimen simplificado. 4) Afiliación al Régimen de Autónomos En cuarto lugar, deberemos acogernos al Seguro de Autónomos de la Seguridad Social, es decir, darnos de alta. Para ello, se rellenará el impreso TA. 0521, que encontraremos en las oficinas de la Tesorería de la Seguridad Social, y lo presentaremos junto con los resguardos de los documentos sellados en la Administración de Hacienda, fotocopia del NIF (el documento acreditativo para extranjeros comunitarios o el permiso de trabajo para los no comunitarios), la tarjeta de afiliación a la Seguridad Social si hemos trabajado con anterioridad (si no lo hemos hecho, hay que simultanear este trámite) y el documento de adhesión a una mutua de accidentes de trabajo para poder recibir una prestación económica en caso de incapacidad temporal (opcionalmente, podemos elegir una mutua privada). Este paso nos obligará a pagar 240 euros todos los meses. 5) En quinto lugar, comunicaremos la apertura del centro de trabajo en la Dirección Provincial de Trabajo (si hemos de realizar reformas, es necesario solicitar previamente la licencia de obras al Ayuntamiento). Además, también será necesario obtener y legalizar el Libro de Visitas, los Libros Contables y el Calendario Laboral.
- Departamento Legal, COVACO -
12.03.2012 -
hola,me llamo enrique,quisiera informacion,mi idea es vender en una caravana zumos de frutas tropicales,sandwichc,refrescos en la zona de la playa en valencia, mi idea es comprar una caravana de inferior a 750 kg,y acondicionarla para trabajar ,me interesa asi porque ya tiene suficiente espacio faltaria cambiar algun electrodomestico,luego haria una ventana mas grande para despachar a la gente,aparte tiene literas cuarto de baño,¿tendria que pasar inspeccion?seguro que si,¿que requisitos hay que hacer y tener en cuenta?¿quisiera saber que autorizaciones necesito?.muchas gracias ,creo que esto es una gran forma de ayudar a la gente que quiera informarse y orientarse,un saludo
- enrique -
17.10.2012 -
Rescpecto a las ayudas, en la izquierda de la pantalla, tienes una pestaña "servicios" donde puedes encontrar "líneas de financiación". Respecto al inicio del negocio, te resumo los pasos que tienes que seguir para dar de alta un negocio, y los precios: ) Alta Censal y opción del régimen fiscal: se tramita en la Agencia Tributaria. Se debe completar el impreso 036 en el se opta por el régimen fiscal correspondiente e indicar la actividad que se va a realizar y los datos de la empresa. 2) Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E.) en el epígrafe correspondiente. Debe solicitarse antes de iniciarse la actividad empresarial. El alta no cuesta dinero. Hay dos impresos que necesitas para ello: el 845 para el alta, baja o modificación del IAE y el 036 para ser incluido en el censo si es la primera vez que te das de alta en el IAE (paso 1). Para que la seguridad social te permita darte de alta en el régimen de autónomos, debes llevarles el 845. Para entregar el 036 tienes un mes desde el alta efectiva en el IAE (que figura en el 845). Una vez dado de alta del IAE, el profesional dispondrá de un plazo de 30 días naturales desde el inicio de la actividad para presentar el alta como trabajador autónomo en la Administración de la Tesorería de la Seguridad Social. - Documentos a presentar: Modelo oficial 840 debidamente cumplimentado, DNI para el empresario individual, CIF para Sociedades o NIF para el apoderado. - Plazo: 10 días hábiles antes del inicio de la actividad. - Lugar: Administración o Delegación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria correspondiente al lugar en que se ejerza la actividad. * Muy importante: Si estás en el paro, cobrando la prestación, y pretendes iniciar negocio como autónomo, puedes capitalizar el pago o solicitar el pago único. De este modo, obtendrás como máximo el 40% de todo el dinero que te queda de paro de golpe, y el restante 60% se irá utilizando para pagar la cuota de autónomos hasta que se acabe. 3) En tercer lugar, es necesario acudir a la delegación de Hacienda que nos corresponda y realizar la declaración de inicio de actividad, que se presentará conjuntamente con la declaración censal de etiquetas y las opciones de tributación del IVA y del IRPF. Para ello, utilizaremos el impreso 036, régimen ordinario, ó 037, régimen simplificado. 4) Afiliación al Régimen de Autónomos En cuarto lugar, deberemos acogernos al Seguro de Autónomos de la Seguridad Social, es decir, darnos de alta. Para ello, se rellenará el impreso TA. 0521, que encontraremos en las oficinas de la Tesorería de la Seguridad Social, y lo presentaremos junto con los resguardos de los documentos sellados en la Administración de Hacienda, fotocopia del NIF (el documento acreditativo para extranjeros comunitarios o el permiso de trabajo para los no comunitarios), la tarjeta de afiliación a la Seguridad Social si hemos trabajado con anterioridad (si no lo hemos hecho, hay que simultanear este trámite) y el documento de adhesión a una mutua de accidentes de trabajo para poder recibir una prestación económica en caso de incapacidad temporal (opcionalmente, podemos elegir una mutua privada). Este paso nos obligará a pagar 240 euros todos los meses. 5) En quinto lugar, comunicaremos la apertura del centro de trabajo en la Dirección Provincial de Trabajo (si hemos de realizar reformas, es necesario solicitar previamente la licencia de obras al Ayuntamiento). Además, también será necesario obtener y legalizar el Libro de Visitas, los Libros Contables y el Calendario Laboral.
- Departamento Legal, COVACO -
12.03.2012 -
hola,me llamo enrique,quisiera informacion,mi idea es vender en una caravana zumos de frutas tropicales,sandwichc,refrescos en la zona de la playa en valencia, mi idea es comprar una caravana de inferior a 750 kg,y acondicionarla para trabajar ,me interesa asi porque ya tiene suficiente espacio faltaria cambiar algun electrodomestico,luego haria una ventana mas grande para despachar a la gente,aparte tiene literas cuarto de baño,¿tendria que pasar inspeccion?seguro que si,¿que requisitos hay que hacer y tener en cuenta?¿quisiera saber que autorizaciones necesito?.muchas gracias ,creo que esto es una gran forma de ayudar a la gente que quiera informarse y orientarse,un saludo
- enrique -
17.10.2012 -
Rescpecto a las ayudas, en la izquierda de la pantalla, tienes una pestaña "servicios" donde puedes encontrar "líneas de financiación". Respecto al inicio del negocio, te resumo los pasos que tienes que seguir para dar de alta un negocio, y los precios: ) Alta Censal y opción del régimen fiscal: se tramita en la Agencia Tributaria. Se debe completar el impreso 036 en el se opta por el régimen fiscal correspondiente e indicar la actividad que se va a realizar y los datos de la empresa. 2) Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E.) en el epígrafe correspondiente. Debe solicitarse antes de iniciarse la actividad empresarial. El alta no cuesta dinero. Hay dos impresos que necesitas para ello: el 845 para el alta, baja o modificación del IAE y el 036 para ser incluido en el censo si es la primera vez que te das de alta en el IAE (paso 1). Para que la seguridad social te permita darte de alta en el régimen de autónomos, debes llevarles el 845. Para entregar el 036 tienes un mes desde el alta efectiva en el IAE (que figura en el 845). Una vez dado de alta del IAE, el profesional dispondrá de un plazo de 30 días naturales desde el inicio de la actividad para presentar el alta como trabajador autónomo en la Administración de la Tesorería de la Seguridad Social. - Documentos a presentar: Modelo oficial 840 debidamente cumplimentado, DNI para el empresario individual, CIF para Sociedades o NIF para el apoderado. - Plazo: 10 días hábiles antes del inicio de la actividad. - Lugar: Administración o Delegación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria correspondiente al lugar en que se ejerza la actividad. * Muy importante: Si estás en el paro, cobrando la prestación, y pretendes iniciar negocio como autónomo, puedes capitalizar el pago o solicitar el pago único. De este modo, obtendrás como máximo el 40% de todo el dinero que te queda de paro de golpe, y el restante 60% se irá utilizando para pagar la cuota de autónomos hasta que se acabe. 3) En tercer lugar, es necesario acudir a la delegación de Hacienda que nos corresponda y realizar la declaración de inicio de actividad, que se presentará conjuntamente con la declaración censal de etiquetas y las opciones de tributación del IVA y del IRPF. Para ello, utilizaremos el impreso 036, régimen ordinario, ó 037, régimen simplificado. 4) Afiliación al Régimen de Autónomos En cuarto lugar, deberemos acogernos al Seguro de Autónomos de la Seguridad Social, es decir, darnos de alta. Para ello, se rellenará el impreso TA. 0521, que encontraremos en las oficinas de la Tesorería de la Seguridad Social, y lo presentaremos junto con los resguardos de los documentos sellados en la Administración de Hacienda, fotocopia del NIF (el documento acreditativo para extranjeros comunitarios o el permiso de trabajo para los no comunitarios), la tarjeta de afiliación a la Seguridad Social si hemos trabajado con anterioridad (si no lo hemos hecho, hay que simultanear este trámite) y el documento de adhesión a una mutua de accidentes de trabajo para poder recibir una prestación económica en caso de incapacidad temporal (opcionalmente, podemos elegir una mutua privada). Este paso nos obligará a pagar 240 euros todos los meses. 5) En quinto lugar, comunicaremos la apertura del centro de trabajo en la Dirección Provincial de Trabajo (si hemos de realizar reformas, es necesario solicitar previamente la licencia de obras al Ayuntamiento). Además, también será necesario obtener y legalizar el Libro de Visitas, los Libros Contables y el Calendario Laboral.
- Departamento Legal, COVACO -
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Tel. 96 353 20 37 - E-mail: covaco@covaco.org